De vez en cuando, he escrito algo en esta bítacora sobre la necesidad o no de dar cobertura legal a ciertos aspectos derivados del desarrollo de la Administración 2.0. Iba a escribir unas líneas sobre si las nuevas arquitecturas que requiere la Administración 2.0, con integración de infraestructuras y servicios del sector público y privado, necesitan de algún desarrollo en este sentido cuando me ha asaltado la duda. No es un secreto que trabajar en la Administración en asuntos relacionados con las Tecnologías de la Información tiene grandes diferencias con respecto al sector privado. Una de ellas es, precisamente, la referente a los aspectos jurídicos fuertemente imbricados con nuestro día a día. Conocer cuando es o no necesario respaldo legal explícito para ejecutar algo que quieres hacer, saber si las normas existentes valen para dar cobertura a una mejora en un servicio o defender la inelubilidad de realizarlas y otras sabidurías similares, varían dependiendo de las circunstancias políticas, en general, y de los directivos que a uno le caen en suerte, en particular.
Hecha esta introducción, me limitaré tan sólo a señalar algunos aspectos sobre los que intuyo que habrá que adoptar una postura para poder desarrollar arquitecturas de integración para la construcción de una Administración 2.0. Si esta postura se adopta en forma de política común o norma legal, vamos a dejarlo a la opinión de los que tengan más conocimiento. Por el momento, llamemoslo procedimientos a desarrollar para la adopción de la Administración 2.0.
Hoy escribo sobre el factor humano.
Van ya camino de quince años de presencia de Internet en las Administraciones Públicas, y, al igual que en muchas empresas privadas, no existe una definición del uso apropiado de Internet desde el puesto de trabajo. La carencia es menor en una Internet con mayoría de servicios Web 1.0, una web de solo lectura. Acceder a recursos no relacionados con la ocupación laboral en horario de trabajo es, como mucho, una perdida de tiempo. El mal uso de los servicios de la Web 2.0 presenta un riesgo sobre la reputación. Vertir una opinión inoportuna o colgar un video no apropiado en YouTube en horas de trabajo puede tener otras consecuencias, más en el mundo del funcionariado dónde se realiza en horas de servicio público ejerciendo una potestad administrativa. De un lado, consecuentemente, soy de la opinión de limitar el acceso a los medios sociales.
Y he dicho limitar, no prohibir. Prohibirlos, como acertadamente indicaba hace unos días Enrique Dans en Expansión, sería como prohibir el teléfono. En paralelo, los medios sociales han de integrase en los procesos de gestión pública. Las unidades administrativas deben cumplir con su misión de servicio público allí dónde esta el ciudadano. Identificar los medios sociales de interés para la misma, apoyarlos en su desarrollo e integrarlos como canal de relación con el ciudadano, es uno de los retos de la Administración 2.0. Claramente esta labor ha de desarrollarla el funcionariado, razón por la cual estimular al empleado público para realizar esta labor debe ser una labor del directivo público.
Dentro del Reino Unido, el Cabinet Office tomo hace unos meses la iniciativa de extender el "Codigo de Servicio Civil" con unas pautas para el comportamiento en línea. Es un código sencillo de cinco puntos, que demuestra que una regulación no ha de ser necesariamente compleja. Quizás su única carencia es la definición de la figura del "Community manager" de las unidades gubernamentales. Con la complicación que supone trasladar todo lo proveniente del mundo Administrativo anglosajón a nuestra más regulada Administración Española, quizás es la oportunidad de hacerla. Si el Esquema Nacional de Interoperabilidad y Seguridad va a tener forma reglamentaría, ¿porqué no incluir en el articulado del desarrollo reglamentario del Estatuto Básico del Empleado Público un código de participación on line del funcionariado?
Nota final: Recomendable echar un vistazo al survey de Deloitte sobre Redes Sociales y puesto de trabajo. Aunque realizad sobre un entorno claramente distinto del sector público español, plantea interesantes puntos para la reflexión.