jueves, 24 de junio de 2010

El derecho a la información pública por medios electrónicos

Con la promoción de las políticas de Gobierno Abierto, está surgiendo la demanda ciudadana de un nuevo derecho: El acceso electrónico a toda información pública. En contra de lo que pueda pensarse al calor de la excitación de iniciativas internacionales (USA, UK, ...) o nacionales (Pais Vasco), no existe marco legal que garantice dicho derecho en ninguno de los entornos donde estas acciones están acaeciendo (aunque de modo generoso, podríamos considerar el derecho a la información pública por medios electrónicos como reconocido en el artículo 6.1 de la Ley 11/2007). Ello limita la sostenibilidad de la transparencia y del ecosistema alrededor de la misma, en particular las aplicaciones de terceros construidas sobre los datos liberados.


Alcanzar la proclamación de este derecho, aparece como un nuevo mojón en la carrera USA-UK por el título de campeón del Gobierno Abierto. El Gobierno de coalición británico anunció al constituirse que establecería el derecho a los datos (right-to-data), pero parece que en USA toman de nuevo la delantera al respecto existiendo un primer anteproyecto de "Public Online Information Act" (POIA) en trámite en el Congreso.


Los elementos del anteproyecto de ley USA mediante el que se pretende garantizar el derecho a la información pública por medios electrónicos son:




  • Consagración de la equivalencia "publico=online"

  • Creación de órganos administrativos de promoción y coordinación de la publicación de información por medios electrónicos

  • Obligatoriedad de establecer y mantener para siempre catálogos de la información pública online, así como de mantener 24x7 accesible en línea la información pública

  • Equivalencia del ejercicio del derecho de acceso a la información al del derecho a tener la información pública accesible en Internet

  • Contemplar como falta disciplinaria una negativa injustificada de hacer accesible online información pública


La legislación es necesaria si no queremos retroceder en lo andado en el Gobierno Abierto. El reconocimiento del derecho al acceso a la información pública por medios electrónicos es la única garantía posible para ello.

7 comentarios:

  1. [...] This post was mentioned on Twitter by Pablo Lata, Andrés Nin. Andrés Nin said: [nuevo post] El derecho a la información pública por medios electrónicos: #ogov http://wp.me/pkYDW-mE [...]

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  2. Coincido en la necesidad de reconocer este derecho y legislar al efecto. Pero con este tema de la apertura de datos públicos, me surge siempre la misma reticencia: acceder a los datos no significa disponer de la información. Es el contraste con criterio entre datos, propios y externos, lo que proporciona información que hagan esta labor. El ciudadano siempre va a depender de intermediarios. ¿Qué calidad o intereses tendrán estos intermediarios? ¿Todos los datos interesarán a algún intermediario? ¿Que hacemos con los que no lo hagan? La propia administración ¿no debería prestar un nivel mínimo de información más allá de los datos? Por esta senda llegamos a la evaluación de políticas públicas. Yo creo que todas estas cuestiones son los aspectos clave, y sobre esto va a ser difícil legislar. Es decir, podemos reconocer el derecho a acceder a los datos, pero esto no significa derecho a disponer de información.

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  3. Buena noticia, sin duda. Una noticia de la POIA (disculpas por el chiste fácil).

    Fami, entiendo tu preocupación, pero en un contexto en que no tenemos ningún derecho de este estilo, creo que la preocupación debe ser otra. Liberemos primero los datos públicos, observemos si es suficiente y, allí donde detectemos carencias, actuemos. No hay más metafísica en esto.

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  4. ¿Y como podemos cumplir con la LOPD? Mucha información, por no decir toda, hace referencia a personas.con nombre y apellidos sobre trámites variopintos (multas, permisos, embargos...)

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  5. En lo referente a quien vigila a los intermediarios y que hacer con quien haga un usi espureo de la información, creo que nos complicamos la vida. Creo que es un tema ya resuelto las penas a aplicar en estos casos.

    Que la administración debe prestar un servicio más allá de la mera información (en algunos casos) si creo que es necesario. Volviendo a lo culinario. Los hay que les gusta la carne muy hecha, hecha, o poco hecha (incluso cruda) con los datos pasa lo mismo.

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  6. Mediante la anonimización de datos. Se hace en otros sitios.

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  7. Coincido en todo, es más que necesario que se legisle sobre el tema; me atrevo a decir que dicho principio tendría que ser incluido en las distintas constituciones nacionales.
    Saludos y muy artículo.

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