Hoy es un día no habitual, prefiero denominarlo así antes que la más manida expresión de día histórico. Desde esta mañana, está disponible a través del 060 el Registro Electrónico Común. La función del mismo está puntualmente descrita en el RD 1671/2009:
Artículo 31. Creación, naturaleza y funcionamiento del Registro Electrónico Común.
1. Se crea el Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado, accesible a través del punto de acceso general establecido en el artículo 9.
2. El Registro Electrónico Común será gestionado por el Ministerio de la Presidencia.
3. El Registro Electrónico Común posibilitará la presentación de cualesquiera solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidas a la Administración General del Estado y a sus organismos públicos.
4. El Registro Electrónico Común informará al ciudadano y le redirigirá, cuando proceda, a los registros competentes para la recepción de aquellos documentos que dispongan de aplicaciones específicas para su tratamiento.
5. Mediante orden del Ministro de la Presidencia se establecerán los requisitos y condiciones de funcionamiento del Registro Electrónico Común, incluyendo la creación de un fichero ajustado a las previsiones de la normativa sobre protección de datos de carácter personal, así como los demás aspectos previstos en el artículo 27.2.
Básicamente, ello significa que a partir de hoy el ciudadano podrá realizar con la Administración (de momento sólo la AGE, conviene recordarlo) por medios electrónicos. Es de suponer que su implementación a supuesto un coste humano que conviene recordar, pero también un coste económico. Y la fuente de financiación son esos impuestos que tanto se crítica su subida. Sólo con ellos ha sido posible el aumento de calidad de servicio que ha supuesto la entrada en vigor real de esta ley, y que también se materializa en la aparición de las primeras sedes electrónicas (e.g. MEH, Fomento, AEAT, ..)
El hito hoy alcanzado puede resultar a algunos poco significativo, y desde el punto de vista teórico he volcado en ocasión opiniones personales sobre lo mucho que aún queda por hacer para llegar a alcanzar la implementación total del Gobierno Electrónico. Baste un ejemplo para ver la transcendencia del hecho basada en una experiencia por la que todos hemos pasado alguna vez. ¿Han intentado anular un cargo incorrectamente realizado sobre su tarjeta de crédito? ¿Pueden hacerlo de modo electrónico con la entidad financiera que le da servicio? No se en su caso, pero en el mío, siendo cliente de uno de los dos principales bancos del país, no puedo hacerlo. Es más, he de ir a la sucursal concreta en que tengo abierta mi cuenta corriente.
Antes de quejarnos de las subidas de impuestos, de considerar estas desmedidas, comparemos los costes de la calidad de servicio que ofrecen las Administraciones Públicas en comparación con otras entidades, y preguntémonos si estamos dispuestos a renunciar a ella.
Feliz año nuevo.