El marco legal para la reusabilidad de la información generada por el sector público tiene como norma principal la Directiva 2003/98/CE relativa a la reutilización de la información del sector público. De ella emanan las normas de los distintos Estados Miembros, como en el caso español la Ley 37/2007. Contra la creencia de algunos, el origen de la norma no es un deseo de una mayor transparencia del sector público, sino propiciar la creación de un mercado interior uniforme de los contenidos digitales.
Estamos inmersos en la economía basada en la información. La importancia de los datos para la creación de riqueza en nuestra sociedad fue incluso objeto de un reportaje especial de The Economist. Los poderes públicos, en este caso la Unión Europea, han de favorecer las condiciones para que está economía naciente no sea abortada. Ha llegado quizás el momento de cambiar una norma jurídica cuya importancia era difícil de prever en el momento de su aprobación, hace ya casi siete años.
Una primera reforma, sería identificar los conjuntos de datos de obligación liberada por las Administraciones Públicas. Apoyándose en el valor estratégico para la creación de un mercado único a través de sus datos claves, la Unión Europea debería establecer un calendario de liberación de ciertos datos en manos de los poderes públicos. En especial aquellos claves sobre la financiación y cuentas de las Administraciones Públicas.
Una segunda reforma, sería establecer incentivos económicos para la liberación de datos en formatos directamente interpretables por máquinas. Liberar datos en estos formatos no es barato. Quizás sería más conveniente que los fondos que la Unión Europea dedica a cierto tipo de subvenciones relacionadas con el Gobierno Electrónico, se dedicará a este fin.
Dejo para el final el cambio quizás más radical, incluir en el ámbito de aplicación a los operadores que preten al público servicios de especial transcendencia económica (de acuerdo a la definición de las mismas dado por la Ley 56/2007) . Si una de las razones para demandar la liberación de datos a las Administraciones Públicas es que estos datos son obtenidos con el dinero de los contribuyentes, no menos peso tiene exigírselo a empresas con origen en monopolio estatales, con una posición dominante o en situación de oligopolio. Los datos relevantes de su actividad deberían estar bajo las mismas condiciones aplicables a la información generada por el sector público. La transparencia no ha de ser sólo obligada a los poderes públicos, también a aquellos "muy grandes para caer" y que los poderes públicos han de ayudar en momentos de dificultades. la necesidad de socorrerlos deberia conllevar la obligación de la posibilidad de una vigilancia social colectiva y la extensión del concepto de información pública a los datos que manejan. Ya estamos viendo las consecuencias de lo contrario.
Y aún podríamos ir más lejos. Hacia una socialización de la información para la creación de más riqueza y más democracia. A veces no somos conscientes del poder de la información hasta que tenemos enfrente sus consecuencias. Basta echar para ello un vistazo al blog de OKCupid.
Por fin alguien que llama a las cosas por su nombre:-) El derecho de acceso de la ciudadanía no está recogido en esta normativa de reutilización. La legislación que recoge está libertad de acceso es la que entronca directamente con la normativa sobre Libertad de información y derechos de acceso tanto en EEUU como en la UE no?
ResponderEliminarLo que en la normativa sobre reutilización se recoge es la información que la administración ya ha hecho pública, con mejor o peor acierto, aunque no en dato puro, pero que logicamente pertenece a la ciudadanía porque es la ciudadanía la que se se la ha proporcionado.
Que nos hace más libres? pues sí claro. Pero la madre del cordero de la transparencia está en la inexistente normativa en nuestro país (grande y pequeño), sobre acceso a la información http://en.wikipedia.org/wiki/Freedom_of_information_legislation
Que la reutilización vuelva más accesible y usable la información? sin duda pero seguimos sin poder ejercer, sin que se nos capacite a las ciudadanos de a pie para ejercer el derecho de acceso a la información pública.
Por otro lado sí es necesario cambiar el acceso al dato público y a su reutilización y enmarcarlo dentro del marco general de derechos subjetivos que una ley de acceso a la información pública otorgaría.
Efectivamente la directiva nació con la intención de fomentar el mercado de los contenidos digitales, para que las empresas de este sector se aprovecharan de la información, que en poder de las administraciones públicas genera escaso negocio, para ellas, y liberada como dato si puede hacerlo. Es una medida económica.
ResponderEliminarNada que ver con el ciudadano, por lo menos en primera instancia. Si las empresas ven negocio en mostrar los entresijos de algunas administraciones lo harán, si lo ven en mostrar cámaras web de tráfico, o mapas turísticos pues lo harán. Y harán bien.
Algunos de nosotros hemos enfocado, o nos gustaría que se enfocase, la reutilización de la información en poder del sector público, la apertura de esos datos por parte de las administraciones, como un gesto de transparencia. Evidentemente es digno de aplauso, y el camino a seguir. Pero creo que no era el espíritu de la norma.
Buen post.
Gracias por los comentarios, @idoiallano y @antoniogalindog. Creo sin embargo que la parte más importante del post es la final. Andamos todos demandando (o demandándonos) que las AAPP liberen sus datos, pero el concepto de información pública ha de ir más allá, y afectar a todos los datos que afectan a la calidad de vida de los ciudadanos en su condición de tales. Ello abarcaría a actores privados. Me resulta curioso que ese debate aún no haya sido abierto por nadie.
ResponderEliminarBravo, bravo y bravo.
ResponderEliminarSi la Directiva es insuficiente, ¿qué decir de la timorata Ley 37/2007? Pero en plan optimista, cabe decir que es un primer paso y que en algún momento cercano se dictarán leyes que darán derechos a los ciudadanos y obligaciones a las Administraciones y empresas.
Coincido con Alberto, la ley fue un primer paso... y ahora ya hay que dar el segundo!
ResponderEliminarEn el fondo aquí subyace otro problema típico de las administraciones públicas: la poca agilidad.
Estamos hablando de una directiva de hace 7 años que se plasmó en una ley española hace 3 años y que, hoy en día, mayoritariamente no se cumple.
En la sociedad en la que estamos, no podemos pasarnos 10 años para que una directiva europea sea "realmente" aplicada, simplemente pq cuando se aplique ya será obsoleta.
Ahora deberíamos hablar - como dice Idoia - de capacitar al ciudadano para que éste pueda ejercer el derecho de acceso a la información pública.
Por otro lado coincido con Andrés en que no sólo las administraciones públicas generan datos, también las empresas... aunque es difícil que éstas pongan datos a disposición pública libremente, a no ser que se regule por ley o, también, que las empresas gestionen este tema como RSC (responsabilidad social corporativa).
Gracias por el post.
Un ejemplo de lo que comentas de la lentitud. Por lo que he leido cuando preparaba este post, se lleva casi cuatro años anunciándose que se va a reformar la Directiva por parte de la Comisión.
ResponderEliminar[...] de la información pública. No espero que lleguen a incluir algunas de las reformas que desde aquí he propuesto (intuyo que esta bitacora es poco leida en Bruselas), pero por algún sitio se empieza. [...]
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